Atado en la tierra
El principio de la unidad de acción del que hemos venido hablando también es sugerido por las palabras de nuestro Señor en Mateo 18:18:
Todo lo que atéis en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que desatéis en la tierra, será desatado en el cielo.
Su universalidad
Este acto gubernamental de atar o de desatar pecados por parte de los que se reúnen en el nombre del Señor Jesucristo, es algo que ata en la tierra y en el cielo. Esto concuerda con las palabras del Señor. Nótese que el Señor no dijo: «Todo lo que atéis en la iglesia (o en la asamblea), será atado en el cielo». Dijo: "Todo lo que atéis en la tierra será atado en el cielo." Esta expresión “en la tierra” ciertamente abarca más que la asamblea local en donde se promulga la disciplina. Estas palabras de Cristo demuestran que el acto disciplinario de una asamblea, hecho en Su nombre, obliga a todas las demás asambleas de la tierra. En otras palabras, lo que una asamblea ata, conforme a su Palabra, es atado en la tierra y ratificado en el cielo. Por eso todas las asambleas están obligadas a aceptarlo como atado en la tierra y ratificado en el cielo. Obrar de otra manera sería negar la unidad del Cuerpo de Cristo; sería actuar como si se tratase de iglesias independientes en oposición a las palabras del Señor, palabras que indican que un acto de una asamblea es atado tanto en el cielo como en la tierra.
Si alguien ha sido excluido de la comunión por una asamblea de un modo bíblico, debe ser considerado como excluido de la comunión de todas las asambleas en todas partes. Como ya lo hemos afirmado, la asamblea local representa a la Iglesia universal de Dios y actúa en nombre de ella y no solamente por sí misma. Vemos que la unidad de acción entre las asambleas se proclama en las palabras del Señor en Mateo 18:18.
Bien lo ha escrito alguien: «Supongamos que excomulgamos a una persona aquí, y ustedes la reciben en un lugar X. Es evidente que ustedes nos han negado como cuerpo reunido aquí en el nombre de Cristo. Nos han negado como cuerpo que está obrando investido con Su autoridad (recuerden que la disciplina depende de la autoridad de Cristo). Además, así se niega enteramente la unidad del Cuerpo. Está claro que si participo, junto con los demás de la asamblea aquí, a la exclusión de alguien por razones bíblicas, no me es posible participar con él en otro lugar en el partimiento del pan. Los hermanos reunidos en el nombre del Señor no son infalibles, y una amonestación vendría bien (si muchos creen que la exclusión fue injusta). Pero cuando alguien que ha sido expulsado de un lugar es recibido en otro lugar, es evidente que con tal acto desaparece la unidad y la acción conjunta, es decir, la acción en común… ¿Cómo puedo sostener el rechazo de una persona aquí y luego consentir su admisión en otro lugar? Si estoy fuera de comunión con él aquí, y en comunión con él allí, ya no se puede hablar de esa unidad del cuerpo. ¿Dónde, pues, está la autoridad del Señor?» (J. N. Darby).
Acción errónea
Es posible que una asamblea fracase en sus acciones disciplinarias y tome una decisión errónea. Puede dejar de actuar según el propósito de Dios por causa de un bajo estado moral. En tal caso su acción puede necesitar corrección. No obstante, la acción de una asamblea, incluso si esta acción es dudosa, debe ser, en primera instancia, respetada por las otras asambleas. Ninguna asamblea tiene el derecho de desechar inmediatamente el juicio de otra por juzgarlo injusto. Eso sería actuar con autonomía. Ciertamente es una negación de la verdad de un solo Cuerpo suponer que una asamblea tiene capacidades para juzgar las acciones de otra y para decidir, autónomamente, si aceptará o no las decisiones de aquélla. Esto no es otra cosa que un absoluto espíritu de autonomía.
Creemos que los siguientes fragmentos de escritos presentan la senda de Dios, la cual debe seguirse en cuanto a los juicios y las correlaciones entre las asambleas. «Siempre he hallado que el respetar en primera instancia la acción de una asamblea es la senda de sabiduría. Es también lo que Dios honra… Aun si yo pensara que ha errado, aceptaría, en un primer momento, el juicio de una asamblea. Según mi experiencia, la senda establecida por Dios exige que sean respetados los juicios de una asamblea, pero me deja en libertad para reconvenir y rogar a los hermanos que reexaminen su decisión» (J. N. Darby).
En otra obra («Le messager evangélique», edición 1872, pág. 455) leemos:
«Una asamblea local tiene una responsabilidad propia, y sus actos, si son de Dios, obligan a las demás asambleas a guardar la unidad de un solo Cuerpo. No obstante, esta acción no elimina otro hecho que es de primerísima importancia y que muchos parecen olvidar, a saber que los hermanos de otros lugares, al igual que los hermanos locales, tienen la libertad de expresarse con respecto al asunto. Aunque no sean miembros de aquella congregación, tienen la misma libertad de expresión, porque son miembros también del Cuerpo de Cristo. Negarles este privilegio sería una grave negación de la unidad.
«Fuera de lo que acabamos de expresar, la conciencia y la condición moral de una asamblea local pueden indicar ignorancia, o por lo menos una comprensión imperfecta de lo que se debe a la persona y a la gloria de Cristo. Todo esto hace que el entendimiento sea tan débil que se pierde el poder espiritual para discernir entre el bien y el mal. Tal vez existan en una asamblea prejuicios, precipitación, predisposiciones o la influencia de un individuo o de muchos. Estas cosas son capaces de descarriar el juicio de una asamblea entera. En tales circunstancias la asamblea puede incurrir en la administración de un castigo injusto y hacer, en consecuencia, un serio daño a un hermano.
«En tal caso, es una verdadera bendición que los hombres espirituales y sabios de otras asambleas intervengan y procuren despertar la conciencia de la asamblea en la que se han cometido supuestas irregularidades. También es una bendición cuando vienen a petición de los congregados o de los que necesitan ayuda para resolver el problema. Cuando acuden hermanos para ayudar, deben ser recibidos en el nombre del Señor y no como meros intrusos. Tomar a mal su ayuda o darles una acogida fría sería otra forma de aprobación de la independencia y una clarísima negación de la unidad del Cuerpo de Cristo.
«No obstante, los que vienen de otros lugares y procuran ayudar tienen también sus responsabilidades. No deben actuar sin el resto de la asamblea sino según la conciencia de todos.
«Si una asamblea rechaza la amonestación, el socorro y la sentencia de otros hermanos, hechos con toda la paciencia necesaria, es entonces el deber de una asamblea que estuvo en comunión con ella, el aniquilar su acción errónea y aceptar la persona rechazada, con tal que fuera objeto de equivocación.
«Pero cuando nos vemos forzados a tal extremo, la dificultad se convierte en un rechazo de comunión con la asamblea que ha obrado mal. Así, y debido a sus propias acciones, dicha asamblea ha quebrado su comunión con los demás que obran de acuerdo a la unidad del Cuerpo.
«Tales medidas sólo pueden tomarse una vez prestados mucho cuidado y paciencia para que la conciencia de todos pueda acompañar la acción como proveniente de Dios.
«Llamamos la atención sobre estos asuntos porque cuando una asamblea en tales circunstancias no permite la intervención de otras, con ello está mostrando una inclinación a la independencia de acción, lo cual pone en peligro la unidad del Cuerpo en todas las asambleas».
El proceder según Dios
Como conclusión de lo que creemos que es la senda de procedimiento según Dios en cuanto al atar por parte de una asamblea (inclusive acciones equivocadas), podemos expresar los siguientes principios:
1. Normalmente, lo que una asamblea ata en la tierra, Dios lo ata en el cielo, según Mateo 18:18. Si un hombre no oye a la Iglesia cuando ésta actúa en el nombre de Dios, con ello manifiesta su obstinación, que es como la idolatría (1 Samuel 15:23).
2. Es necesario someterse unos a otros y, más importante aun, someterse al Señor para tomar las decisiones de una asamblea (1 Pedro 5:5). Si no hay unidad de juicio en una asamblea, una parte de sus miembros no debe insistir en su propio juicio a pesar de la protesta de los otros. En cambio, cuando una asamblea es en su mayoría de un mismo sentir, es bíblico que los demás se sometan a su juicio, aun si llegasen a considerarlo defectuoso, a menos que algún principio muy vital esté siendo violado.
3. ¿Qué sucedería si el juicio de una asamblea es definitivamente injusto y no es conforme a las Escrituras? No se puede creer que el Juez de todo el mundo, el que hace lo que es justo (Génesis 18:25), obligue a alguien a someterse permanentemente a lo que es injusto y contrario a las Escrituras.
Las palabras del Señor son: “Todo lo que atéis en la tierra, será atado en el cielo”. No son palabras incondicionales, ni han de ser interpretadas como equivalentes a «aprobado en el cielo». El trono del cielo puede aprobar solamente lo que es justo y de acuerdo con la Palabra de Dios y con el Espíritu Santo. Podemos considerar el acto de una asamblea como algo que se ata en el cielo, pero si ese acto no está de acuerdo con la Palabra y la voluntad de Dios, se convierte en un lazo penoso. Un lazo semejante sólo traerá dolor y confusión más bien que la constitución de un vínculo de paz que une a los corazones en comunión en un espíritu de gozo, santidad y libertad.
4. En el caso de un juicio equivocado e injusto en una asamblea, se hace necesario un proceder bien ordenado y según Dios. Cuando cada uno hace lo que bien le parece, el resultado no puede ser otro que confusión, como en los días de los jueces de Israel (Jueces 17:6; 21:25). La autoridad es anulada o frustrada. “Dios no es Dios de confusión, sino de paz” (1 Corintios 14:33).
Un proceder ordenado consiste en que, o bien los individuos o bien las asambleas que están preocupados por la acción equivocada, hagan dos cosas. En primer lugar, deben contarle con tacto su intranquilidad a la asamblea en cuestión y procurar mostrarle “un camino aun más excelente” (l Corintios 12:31). Si nuestro ojo fuere “bueno”, buscaremos la gloria de Dios y no nuestra autojustificación. Así el principio de gracia en el gobierno se aplica tanto a las asambleas como a los individuos.
5. En tal caso, la asamblea que se halla en tal situación debe estar dispuesta a examinar nuevamente su juicio y acción, los que, según el juicio de los hermanos en general, no son de Dios ni de acuerdo con su Palabra. Según 2 Timoteo 3:16, la Palabra de Dios es “útil para corregir”, y tanto asambleas como individuos deben estar sometidos a ella.
6. En fin, la sumisión a la autoridad suprema viene antes de la sumisión a la autoridad subordinada. El oír “lo que el Espíritu dice a las iglesias” (Apocalipsis 2:7, 11, 17, 29), tiene prioridad sobre el mandato de oír “a la iglesia” (Mateo 18:17). Esto está de acuerdo con el principio según el cual “es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres” (Hechos 5:29). Cuando una asamblea actúa según su propia voluntad o por error, no está haciendo otra cosa que andar como hombres (l Corintios 3:3). Cristo sigue permaneciendo como Cabeza de la Iglesia y todos deben estar sometidos a Él.
7. Por lo tanto, si una asamblea persiste en sostener un juicio que, en general, los hermanos de otras asambleas consideran injusto y contrario a la Escritura, aquella asamblea, debido a su rechazo de corrección de la Palabra de Dios, manifiesta falta de sumisión al Señor, la Cabeza de la Iglesia, y pierde su carácter propio de asamblea. Es posible que tal asamblea tenga que ser cortada de la comunión con las otras. Eso sería un caso extremo, y tal decisión debería tomarse sólo después de que hayan fracasado todos los esfuerzos hechos con gracia para recobrarla.
Esperamos que lo antedicho ayude a nuestros lectores a percibir más claramente:
– La senda divina en cuanto al discernimiento y a las decisiones de las asambleas;
– las relaciones que deben existir entre asambleas, mayormente cuando se presentan fracasos y dificultades;
– la importancia de ser guardados de toda clase de acciones extremas en cualquiera de sus diversas formas y preservados de toda independencia eclesiástica.